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ONU – Día Mundial de los Refugiados, 20 de junio

Día Mundial de los Refugiados, 20 de junio

Toda acción cuenta

La pandemia de COVID19 y las recientes protestas contra el racismo ponen de manifiesto cómo necesitamos luchar desesperadamente por un mundo más inclusivo e igualitario; un mundo donde nadie se quede atrás. Este momento que vivimos nos demuestra que todos desempeñamos un papel en la lucha para conseguir cambiar las cosas. Esto es la esencia misma de la campaña del Día Mundial del Refugiado del ACNUR. Este año, nuestro objetivo es recordar al mundo que todas las personas, incluidos los refugiados, pueden hacer una contribución a la sociedad y cada acción cuenta para crear un mundo más justo, inclusivo e igualitario.

El mundo está siendo testigo del mayor número de desplazamientos de los que se tienen constancia. Una cantidad sin precedentes de 70,8 millones de personas en todo el mundo se han visto obligadas a abandonar sus hogares a causa del conflicto y la persecución a finales de 2018. Entre ellas, hay casi 30 millones de refugiados, de los cuales más de la mitad son menores de 18 años. Además, hay 10 millones de personas apátridas a las que se les ha negado una nacionalidad y el acceso a derechos fundamentales, como la educación, sanidad, empleo y libertad de circulación.

Los refugiados se encuentran entre las personas más vulnerables del mundo. La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su protocolo de 1967 constituyen los instrumentos legales únicos que amparan la protección internacional de los refugiados. Según sus provisiones, los refugiados merecen como mínimo los mismos estándares de tratamiento que el resto de extranjeros en un país y, en muchos casos, el mismo tratamiento que los nacionales.

La Convención de 1951, que define quien es un refugiado, contiene una serie de sus derechos y también pone de relieve sus obligaciones hacia el país de acogida. La piedra angular de la Convención es el principio de no devolución. De acuerdo con este principio, un refugiado no debe ser devuelto a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad. Esta protección no puede reclamarse por los refugiados que están considerados un peligro razonable para la seguridad del país, que hayan sido condenados por un delito particularmente grave o que se consideren un peligro para la comunidad.

Los derechos contenidos en la Convención de 1951 incluyen:
el derecho a no ser expulsado, excepto bajo ciertas condiciones estrictamente definidas;
el derecho a no ser castigado por entrada ilegal en el territorio de un Estado contratante;
el derecho al empleo remunerado;
el derecho a la vivienda;
el derecho a la educación pública;
el derecho a la asistencia pública;
el derecho a la libertad de religión;
el derecho al acceso a los tribunales;
el derecho a la libertad de circulación dentro del territorio,
y el derecho a emitir documentos de identidad y de viaje.

Algunos derechos básicos, incluido el derecho a ser protegidos contra la devolución, se aplican a todos los refugiados. Un refugiado adquiere el derecho a otros derechos cuanto más tiempo permanezcan en el país anfitrión, derecho basado en el reconocimiento de que cuanto más tiempo permanecen en calidad de refugiados, más derechos necesitan.

Fuente: ONU 19 de junio de 2020