El tema brinda la oportunidad de centrarse en toda la gama de implicaciones reglamentarias en materia de seguridad que se derivan de las nuevas tecnologías adaptadas y de la introducción de combustibles alternativos, incluidas las medidas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero de los buques, ya que la OMI se esfuerza por garantizar que la seguridad y la eficiencia del transporte marítimo se mantengan, y potencialmente se mejoren, para que el flujo del comercio internacional marítimo siga siendo fluido y eficiente.
El tema también está vinculado a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular el ODS 7 sobre garantizar el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna facilitando el acceso a la investigación y la tecnología en materia de energía limpia; el ODS 8 sobre promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos; el ODS 9 sobre la construcción de infraestructuras resilientes, la promoción de la industrialización inclusiva y sostenible y el fomento de la innovación; el ODS 13 sobre la adopción de medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos; y el SDG 14 sobre la conservación y el uso sostenible de los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible.
Siempre se ha reconocido que la mejor manera de mejorar la seguridad en el mar es elaborar normas internacionales que sean observadas por todas las naciones dedicadas al transporte marítimo, y a partir de mediados del siglo XIX comenzaron a adoptarse una serie de tratados internacionales. Varios países propusieron el establecimiento de un organismo internacional de carácter permanente con miras a promover la seguridad marítima de forma más eficaz. No fue hasta el establecimiento de las Naciones Unidas que estas esperanzas se convirtieron en realidad. En 1948, en el marco de una conferencia internacional que tuvo lugar en Ginebra, se adoptó un convenio por el que se constituyó formalmente la Organización Marítima Internacional (OMI). El Convenio constitutivo de la OMI entró en vigor en 1958 y la nueva Organización se reunió por primera vez el año siguiente.
Los objetivos de la organización, que se reseñan en el Artículo 1 a) del Convenio, son, a saber: «Deparar un sistema de cooperación entre los Gobiernos en la esfera de la reglamentación y de las practicas gubernamentales relativas a cuestiones técnicas de toda índole concernientes a la navegación comercial internacional; alentar y facilitar la adopción general de normas tan elevadas como resulte factible en cuestiones relacionadas con la seguridad marítima, la eficiencia de la navegación y la prevención y contención de la contaminación del mar ocasionada por los buques». La Organización también está facultada para ocuparse de los asuntos administrativos y jurídicos relacionados con estos objetivos. Por otra parte, no cabe duda de que la OMI ha progresado mucho desde su creación.
La globalización ha transformado el comercio internacional, han surgido nuevas potencias marítimas y las numerosas medidas establecidas por la OMI constituyen ahora los cimientos sobre los que puede seguir desarrollándose y prosperando un sector más seguro y más limpio. Asimismo, la labor de la OMI ha demostrado indudablemente que la elaboración, adopción, implantación y aplicación de normas internacionales a escala mundial, constituyen la única forma eficaz de regular un sector tan diverso e internacional como el del transporte marítimo.