CEIEG.


Sistema Nacional de Información Forestal

La “Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable de los Estados Unidos Mexicanos” (LGDFS) establece en el artículo 35 los instrumentos de la política nacional en materia forestal, entre los cuales se encuentra el Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF). En el artículo 39 de la LGDFS se establece que el Sistema Nacional de Información Forestal tiene por objeto:

  • Registrar,
  • Integrar,
  • Organizar,
  • Actualizar y
  • Difundir la información relacionada con la materia forestal,

En este ordenamiento legal se establece que esta información debe estar disponible al público para su consulta y que se integrará al Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales (SNIARN), debiéndose articular con el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural (SNIDR).

 

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Fuente: Sistema Nacional de Información Forestal