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OIT – OIT y ONU Mujeres: Es hora de decir basta a la violencia y el acoso laboral en América Latina y el Caribe

OIT y ONU Mujeres: Es hora de decir basta a la
violencia y el acoso laboral en América Latina y el Caribe

  • Las Oficinas Regionales de la OIT y de ONU Mujeres hicieron un llamado a los países de la región a mantener el liderazgo en la ratificación de la norma internacional que entró en vigor.

    La OIT y ONU Mujeres exhortaron a los países de América Latina y el Caribe a avanzar hacia la ratificación del Convenio 190 sobre la Violencia y el Acoso que entró en vigor, esencial para construir un futuro del trabajo más digno, seguro y saludable.

    “La violencia y el acoso son inaceptables en cualquier lugar y en cualquier momento, pero ahora debemos estar más alertas que nunca, pues el riesgo de violencia mayor en tiempos de crisis: el brote del COVID-19 ha sido un triste recordatorio de que eso puede suceder. La frustración, la presión económica, el estrés pueden ser detonadores de violencia, con más riesgos para las mujeres trabajadoras. Además de una ser una grave violación de derechos, la violencia tiene impactos negativos sobre el empleo, condiciones de trabajo y productividad”.

    “Una de las primeras cosas que desapareció a consecuencia de la pandemia fue el empleo femenino, por el impacto que tuvo en áreas que suelen emplear principalmente mujeres, como el comercio, la hostelería y los servicios. Las que mantuvieron el empleo expuestas a violencias laborales que suelen ser invisibilizadas, por ejemplo, en el trabajo doméstico; el personal sanitario -en su mayoría mujeres- expuesto a ataques violentos y al acoso en el trabajo y en medios de transporte. El Convenio 190 no solo promueve espacios seguros en el trabajo, sino también reconoce que la violencia domestica afecta la participación de las mujeres en el mundo del trabajo, su productividad, su acceso al empleo y su salud. En nuestra visión de ‘reconstruir mejor’, contar con el trabajo de las mujeres es fundamental: la definición amplia y abarcadora de este Convenio debería ser un compromiso para que los países se aboquen a resolver esta injusticia y coloquen a las mujeres en el centro de sus medidas de recuperación post-COVID”.

    El Convenio 190 introduce una serie de importantes innovaciones. Por primera vez se aclara lo que debe entenderse por ‘violencia y acoso en el mundo del trabajo’ y se precisan las medidas que deben tomarse para prevenirla y abordarla, y quién debe hacerlo.

    Su alcance es amplio: aplica a todas las personas en el mundo laboral, el entorno, y también a todos los demás trabajadores y trabajadoras, independientemente de su situación contractual, así como a aprendices, quienes hacen trabajo voluntario o buscan un empleo, entre otros. También las personas que ejercen la autoridad, las funciones y las responsabilidades del empleador, caen bajo la tutela del Convenio.

    Asimismo, el Convenio es aplicable a todos los sectores de la economía, incluyendo el sector público y el privado y la economía informal, tanto en el ámbito urbano como en el rural. Los países que han ratificado se comprometen a establecer mecanismos de prevención y protección, control de su aplicación, vías de recurso y reparación, así como orientación y difusión.

    Las mujeres trabajadoras latinoamericanas lideran el movimiento para la ratificación en sus países, reconociendo la importancia de generar entornos de trabajos seguros y libres de violencia de género para lograr la equidad en el trabajo.

    Los países cuentan con un año después de la ratificación para su entrada en vigor a nivel nacional. Esto les permite abrir un diálogo tripartito donde el Estado, los empleadores y trabajadores pueden examinar la legislación y la practica nacional y trazar una hoja de ruta para llevar a cabo los cambios normativos, identificar los retos de aplicación y, sobre todo, fomentar los cambios culturales para un entorno de “tolerancia cero” a la violencia y el acoso en el lugar de trabajo.

    Los Convenios son parte esencial de las normas internacionales del trabajo, instrumentos jurídicos elaborados por los mandantes de la OIT (gobiernos, empleadores y trabajadores), con objeto de enunciar los principios y derechos fundamentales en el trabajo y de reglamentar otros ámbitos del mundo laboral.

    Fuente: OIT 25 de junio de 2021