CEIEG.


OIT – El Convenio de la OIT sobre el trabajo infantil logra la ratificación universal

El Convenio de la OIT sobre el trabajo
infantil logra la ratificación universal

  • Los 187 Estados Miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) han ratificado el Convenio de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182).

    Por primera vez en la historia de la OIT, todos sus Estados Miembros han ratificado una convención internacional del trabajo.

    El citado Convenio es el que ha logrado la ratificación más rápida en la historia de la Organización, desde su aprobación en la Conferencia Internacional del Trabajo que tuvo lugar hace 21 años.

    “La ratificación universal del Convenio 182 constituye un hito histórico y permitirá que todos los niños gocen a partir de ahora de protección jurídica frente a las peores formas de trabajo infantil”, afirmó Guy Ryder, Director General de la OIT. “Ello pone de manifiesto un compromiso a escala mundial para erradicar de nuestra sociedad las peores formas de trabajo infantil, incluidas la esclavitud, la explotación sexual y la utilización de niños en conflictos armados u otros trabajos ilícitos o peligrosos susceptibles de menoscabar la salud, la moral o el bienestar psicológico de los niños”.

    La OIT estima que hay 152 millones de niños que realizan trabajo infantil , 73 millones de los cuales llevan a cabo trabajos peligrosos. El 70% de todo el trabajo infantil tiene lugar en el sector agrícola y obedece principalmente a situaciones de pobreza y a las dificultades de los padres para encontrar un empleo decente.

    En virtud del Convenio núm. 182 se establece la prohibición y la erradicación de las peores formas de trabajo infantil, incluidas la esclavitud, el trabajo forzoso y la trata de niños. Se prohíbe la utilización de niños en conflictos armados, la prostitución, la pornografía y actividades ilícitas como el tráfico de drogas, así como en trabajos peligrosos.

    La incidencia del trabajo infantil, incluidas sus peores formas, disminuyó en casi un 40% de 2000 a 2016, a raíz del aumento del índice de ratificación de los Convenios núm. 182 y 138 (sobre la edad mínima para trabajar) y la adaptación de legislaciones y políticas eficaces en los países.

    No obstante, el ritmo de los avances ha sido cada vez menor en los últimos años, en particular en relación con el grupo de menor edad (de 5 a 11 años) y determinadas zonas geográficas. Como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, existe un riesgo real de que se produzca un retroceso con respecto a los avances logrados hasta ahora, y de que el trabajo infantil aumente por primera vez en veinte años, a menos que se adopten medidas adecuadas.

    En el marco de la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible , adoptada por todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas en 2015, se aboga por “poner fin a todas las formas de trabajo infantil para 2025”. El partenariado global, la Alianza 8.7 , de la que la OIT presta servicios de secretaría, reúne a más de 250 asociados y 21 países pioneros para coordinar, innovar y acelerar los progresos encaminados a poner fin al trabajo infantil, el trabajo forzoso, la trata de personas y la esclavitud moderna. La ratificación universal del Convenio núm. 182 pone de manifiesto la voluntad de todos los Estados Miembros de la OIT de erradicar el trabajo infantil, incluidas todas sus formas, en todos los lugares.

    Ese objetivo histórico se ha alcanzado pocos meses antes de que comience el Año Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil en 2021 , cuya celebración liderará la OIT en colaboración con sus asociados. Su objetivo es aumentar la concienciación sobre el problema y contribuir a lograr avances para subsanarlo.

    Fuente: OIT 04 de agosto de 2020